Cédulas de Habitabilidad

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Desde SVNIngeniería tramitamos la cédula de habitabilidad necesaria para la compra/venta de viviendas tanto en La Rioja como en Navarra.

Se trata de un documento que certifica las características mínimas de habitabilidad y salubridad de un inmueble previo a su compra.

En la tramitación de la cédula pueden darse varias situaciones:

El inmueble tenga cédula en vigor

Se realiza la tramitación en la Consejería de Vivienda de la Comunidad de La Rioja, se pagan las tasas (8,74€ por renovación de piso de segunda mano y 15,27€ en caso de edificio de reciente construcción) de tasas en 2019 (pueden variar algo) y se recibe.

LOS HONORARIOS DE LA TRAMITACIÓN SERÍAN LOS OFERTADOS

PLAZO MEDIO: 2 SEMANAS

El inmueble es viejo y la cédula existe pero esta caducada.

Se pagan 19,83€ por la visita del técnico que decide si el piso está “habitable”. El técnico la puede conceder o la puede denegar tras esa visita de inspección.

EN CASO DE DENEGACIÓN EL TÉCNICO REQUERIRÁ SOLVENTAR LOS PROBLEMAS DE HABITABILIDAD QUE EL CONSIDERA EN EL INFORME O IR AL CASO EXCEPCIONAL.

LOS HONORARIOS DE LA TRAMITACIÓN SERÍAN LOS OFERTADOS AUNQUE NO GARANTIZAN LA EXPEDICIÓN DE LA CÉDULA YA QUE EL TÉCNICO LA PUEDE DENEGAR.

PLAZO MEDIO: 2 SEMANAS SI LA CONCEDE, 1 MES SI LA DENIEGAN

El inmueble es viejo y no tiene tramitado expediente ni cédula.

Se complica la tramitación ya que hay que abrir expediente lo que implica pedir datos al ayuntamiento, trazar planos de la vivienda…El proceso es más caro y lento.

Este caso es habitual en pueblos que no sean las grandes localidades riojanas (Logroño, Haro, Calahorra…).

EN ESTE CASO SE RECOMIENDA IR AL CASO EXCEPCIONAL.

LOS HONORARIOS DE LA TRAMITACIÓN SERÍAN LOS OFERTADOS PARA EXPEDIENTE COMPLETO YA QUE LOS TRÁMITES A REALIZAR SERÍAN OTROS.

PLAZO MEDIO: 1 MES

Caso Excepcional

En todos los casos (sobre todo en el caso 2 si el técnico la deniega y en el tercero cuyos trámites son complicados), si hay acuerdo entre comprador y vendedor se puede pedir la exención de la necesidad de la cédula de habitabilidad solicitándola en la Consejería de Vivienda rellenando un impreso por parte tanto de comprador como de vendedor. Una vez entregado, ellos deciden y emiten un certificado de exención que se puede entregar al notario.

DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR EN TODO CASO: Fotocopia DNI propietario, nota simple de propiedad o escritura y autorización a nombre del técnico que la tramita.